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AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO
LUND 2010, es una empresa comprometida con el medio ambiente y la sostenibilidad, por eso, en este blog iremos compartiendo distintos artículos ilustrativos con todo lo relacionado con el autoconsumo y las energías renovables. Comencemos por el
AUTOCONSUMO FOTOVOLTAICO
El autoconsumo de energía eléctrica es la producción de electricidad para consumo propio, cómo?
En el ámbito doméstico, el autoconsumo se hace principalmente mediante instalaciones de energía solar fotovoltaica de baja potencia, que transforman directamente la radiación solar en electricidad.
Esta captación de energía solar se hace principalmente a través de los paneles fotovoltaicos que son la parte más visible de la instalación y normalmente se ubican en la cubierta del edificio.
Observad toda la estructura necesaria para producir energía, pero no os asustéis puesto que no ocupa mucho espacio, por lo que su instalación tanto en edificaciones nuevas como ya existentes es perfectamente viable.
Hay que tener en cuenta que las instalaciones de autoconsumo conectadas a la red son legales, cualquiera puede generar su propia electricidad.
Además de la independencia energética, tiene también otras ventajas como la reducción:
- De las emisiones efecto invernadero
- En la facturación
- De las pérdidas de energía
Puede tratarse de una instalación individual o colectiva.
Nuestra instalación puede producir excedentes o no.
Resolución de 7 de noviembre de 2019. Anexo I. Punto 11. Sujeto de liquidación de la energía excedentaria de instalaciones de producción y generación en régimen de autoconsumo.
Para cuando no se producen excedentes hay un sistema llamado de «no vertido», por lo que el sobrante producido no será aprovechado por la red de distribución eléctrica general. Sólo podrán ser instalaciones de consumo sin excedentes aquellas instalaciones individuales y/o colectivas conectadas a la red interior de consumo, no las que auto consumen electricidad producida por un edificio próximo.
Sin embargo, están las que sí producen excedentes y se pueden acoger al mecanismo de compensación simplificada, con el que se permite compensar estos excedentes con el consumo de forma mensual en la factura, sin necesidad de darse de alta como productor eléctrico ni ejercer actividad económica. Pero, esta compensación viene condicionada en la factura. No puede ser superior al coste mensual de la parte variable ( coste de la energía) de la factura.
Información extraída de la Generalitat de Catalunya, Institut Català d’Energia. icaen.gencat.cat. Autoconsum fotovoltaic domèstic. Consells i bones pràctiques.